Ruidos Molestos
Si bien la preocupación por la contaminación
acústica se ha incrementado de manera notable en los últimos años, no
es un hecho tan reciente como muchos creen. En el antiguo Imperio
Romano, cuando Julio César prohibió el tránsito de rodados en el centro
de Roma durante el día, debido a la congestión del tránsito que
existía entonces. La consecuencia fue inmediata: consiguió una intensa
contaminación acústica en las noches, producida por el traquetear de
los carros que circulaban retumbando en el adoquinado de las calles.
Algunas crónicas de la época reflejan el malestar de los habitantes de
esta ciudad que no difieren demasiado en el sentir de muchos
conciudadanos contemporáneos.
En general, se define como ruido todo sonido no deseado. Desde ese punto de vista, la más agradable música puede ser calificada como ruido por aquella persona que en cierto momento no desee oírla.
En general, se define como ruido todo sonido no deseado. Desde ese punto de vista, la más agradable música puede ser calificada como ruido por aquella persona que en cierto momento no desee oírla.
Los ruidos molestos son aquellos ruidos que
excedan los niveles máximos permitidos por la ley, causando molestia a
la comunidad y afectando la calidad de vida. La legislación chilena
regula mediante del D.S. 146 del MINSEGPRES, los niveles de ruido
máximos permitidos según la zona (plano regulador de la comuna
correspondiente) en la que se encuentre el afectado.
Toda fuente de ruido fija (industria,
comercio, construcción, etc.) debe cumplir los niveles de ruido máximos
que se señalan en este decreto, medidos en los puntos donde se
encuentren los afectados por los ruidos (puntos de inmisión). Los
responsables del funcionamiento de estas fuentes arriesgan multas y
clausuras.
Para hacer las denuncias de problemas ocasionados por ruidos molestos se debe recurrir directamente al SEREMI correspondiente o a la autoridad sanitaria municipal correspondiente, para que fiscalicen adecuadamente los niveles de ruido y se soliciten medidas de control de ruido en caso de ser necesarias.
Para hacer las denuncias de problemas ocasionados por ruidos molestos se debe recurrir directamente al SEREMI correspondiente o a la autoridad sanitaria municipal correspondiente, para que fiscalicen adecuadamente los niveles de ruido y se soliciten medidas de control de ruido en caso de ser necesarias.
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De acuerdo a lo anterior y en términos legislativos, los ruidos molestos son todos aquellos que excedan los niveles máximos permitidos por la ley, causando molestia al vecindario y afectando la calidad de vida.
La legislación chilena considera que el ruido máximo para las zonas residenciales debe ser de 55 dB(A) en horario de 7 a 21 horas y de 45 dB(A) de 21 a 7 horas. Los niveles de ruido máximos permitidos para fuentes fijas, se especifican en el Decreto Supremo 146/97, los cuales dependerán del uso de suelo (plan regulador) en el que se encuentre el receptor.
En el ámbito laboral también los niveles
máximos de exposición al ruido están regulados. El D.S. 594 del MINSAL
vigente desde el 5 de julio del 2001 para todo el territorio nacional,
estipula las dosis de ruido permitidas para cualquier puesto de
trabajo, por lo que se deben considerar medidas de control de ruido
para lograr los niveles de ruido permitidos en cada uno de los puestos
de trabajo que se encuentren en las cercanías de las fuentes de
contaminación acústica.
Absorción Acústica
Cuando las ondas sonoras se propagan en un
recinto, al incidir contra algún obstáculo se reflejan cambiando su
dirección. Si la superficie reflectante fuese completamente
impermeable al aire y perfectamente rígida no habría pérdida de energía
en cada reflexión. Sin embargo, en la realidad no existe un reflector
perfecto, ya que éste entrará en vibración por efecto de la onda
incidente, o permitirá la propagación de las ondas sonoras en el
interior del material, si éste tiene estructura porosa. Como
consecuencia de cualquiera de estos dos procesos, las ondas reflejadas
tendrán menos energía acústica que los incidentes, debido a que parte
de la energía acústica ha sido absorbida por la superficie.
Los materiales altamente absorbentes son
útiles para controlar el tiempo de reverberación de los recintos.
Entre los materiales de uso frecuente, se encuentran las espumas
flexibles, lana de vidrio, lana mineral, paneles ranurados o perforados
combinados con materiales absorbentes, celulosa proyectada, etc.
Aislación Acústica
El aislamiento acústico de un determinado
elemento constructivo, fabricado con uno o más materiales, es la
capacidad de atenuar o disminuir el sonido que lo atraviesa desde un
recinto a otro, siendo el elemento constructivo el pareamiento común.
La atenuación o pérdida de transmisión
sonora de un determinado material se define como la diferencia entre la
potencia acústica incidente y el nivel de potencia acústica que
atraviesa el material.
En Chile, las estándares que regulan el aislamiento acústico a ruido aéreo y de impactos de elementos constructivos de uso habitacional, se encuentran en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Reglamentación Acústica, Artículo 4.1.6. y la Norma Chilena 352 Of2000 “Aislación Acústica - Construcciones de uso habitacional”.
En Chile, las estándares que regulan el aislamiento acústico a ruido aéreo y de impactos de elementos constructivos de uso habitacional, se encuentran en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Reglamentación Acústica, Artículo 4.1.6. y la Norma Chilena 352 Of2000 “Aislación Acústica - Construcciones de uso habitacional”.
Acústica arquitectónica
El asesoramiento para este tipo de proyectos
abarca desde la formulación de especificaciones técnicas de elementos
constructivos (tabiques, cielos, ventanas, revestimientos) hasta el
tratamiento acústico de recintos técnicos (clima, salas eléctricas,
calefacción) con el fin de asegurar el correcto funcionamiento de las
instalaciones considerando estándares nacionales e internacionales
referentes a aislación y absorción sonora de recintos.
Los parámetros evaluados dependerán de
cada caso, pero en general buscan satisfacer requerimientos en el
grado de intimidad y confort acústico, así como la calidad acústica de
cualquier tipo de recinto.
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