Ventilación Mecánica Controlada
1. OBJETO DEL CASO
Ventilación mecánica controlada de viviendas y locales comerciales
2. NORMATIVA
Ley General de Urbanismo y Construcciones Ordenanza General, artículo 4.1.4
“La ventilación de locales habitables de carácter industrial o comercial, como: tiendas, oficinas, talleres, bodegas y garajes, podrá efectuarse directamente hacia patios y vías particulares o públicas, o bien, por escotillas o linternas de techumbres por las cuales deberá el aire circular libremente sin perjudicar recintos colindantes. El área mínima de estas aberturas no será inferior a la duodécima parte del área del piso del local. La ventilación de tales recintos puede efectuarse también por medios mecánicos que funcionen sin interrupción y satisfactoriamente durante las horas de trabajo.
Los locales comerciales que tengan accesos por galerías comerciales techadas y que no cuenten con ventilación directa al exterior, deberán ventilarse mediante conductos (shafts) de sección no inferior a 0.20 m2. Cuando estos locales se destinen a preparación y venta de alimentos, reparaciones (eléctricas, ópticas, calzados), talleres fotográficos, lavasecos u otros usos que produzcan olores o emanaciones, dicha ventilación deberá activarse por medios mecánicos durante las horas de trabajo.”
5. INSTALACIÓN PROPUESTA
Se recomienda la canalización de las extracciones mediante conductos verticales, según se indica en la siguiente tabla:
El conducto que recoja el caudal de extracción total de cada vivienda, deberá tener el diámetro (d) indicado en la siguiente tabla:
5.1 Croquis de la instalación propuesta
En él se muestra la disposición de conductos para realizar la evacuación a través de las zonas húmedas, de manera que los caudales sean recogidos en cada uno de los shunts especificados (Shunt E – Shunt D)
5.1.1 Croquis Planta Baja
(Ver Croquis 5.1)
5.1.2 Croquis Plantas Primera, Segunda y Tercera
(Ver Croquis 5.2)
6. APARATOS RECOMENDADOS
6.1. Caja de ventilación centrífuga
Ventilación mecánica controlada de viviendas y locales comerciales
2. NORMATIVA
Ley General de Urbanismo y Construcciones Ordenanza General, artículo 4.1.4
“La ventilación de locales habitables de carácter industrial o comercial, como: tiendas, oficinas, talleres, bodegas y garajes, podrá efectuarse directamente hacia patios y vías particulares o públicas, o bien, por escotillas o linternas de techumbres por las cuales deberá el aire circular libremente sin perjudicar recintos colindantes. El área mínima de estas aberturas no será inferior a la duodécima parte del área del piso del local. La ventilación de tales recintos puede efectuarse también por medios mecánicos que funcionen sin interrupción y satisfactoriamente durante las horas de trabajo.
Los locales comerciales que tengan accesos por galerías comerciales techadas y que no cuenten con ventilación directa al exterior, deberán ventilarse mediante conductos (shafts) de sección no inferior a 0.20 m2. Cuando estos locales se destinen a preparación y venta de alimentos, reparaciones (eléctricas, ópticas, calzados), talleres fotográficos, lavasecos u otros usos que produzcan olores o emanaciones, dicha ventilación deberá activarse por medios mecánicos durante las horas de trabajo.”
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3. METODOLOGÍA DE CÁLCULO
El aire debe circular desde los locales secos a los húmedos, para ello los comedores, dormitorios y salas de estar deben disponer de aberturas de admisión (rejas admisión) y los aseos, cuartos de baño y cocinas deben disponer de aberturas de extracción (rejas o bocas de extracción). Deben garantizarse aberturas de paso en las puertas o particiones entre los locales con admisión y los locales con extracción.
El caudal necesario de ventilación será el valor mayor del obtenido en el cálculo para la admisión (punto 4.1.) o para la extracción (punto 4.2.)
Se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
• El número de ocupantes será de “1” por dormitorio individual y de “2” por dormitorio doble.
• El número de ocupantes en cada comedor o sala de estar será la suma de los contabilizados para todos los dormitorios.
• Las rejas de admisión se dimensionarán teniendo en cuenta el caudal total de ventilación necesario.
• Las rejas de extracción serán autorregulables para compensar la instalación.
Una vez determinado el caudal máximo, se corregirá el caudal inferior a fin de obtener los mismos caudales de entrada y de salida. (Corrección de caudales y selección de entrada de aire y bocas de extracción en punto 4.3.)
4. DESARROLLO DEL CÁLCULO
El aire debe circular desde los locales secos a los húmedos, para ello los comedores, dormitorios y salas de estar deben disponer de aberturas de admisión (rejas admisión) y los aseos, cuartos de baño y cocinas deben disponer de aberturas de extracción (rejas o bocas de extracción). Deben garantizarse aberturas de paso en las puertas o particiones entre los locales con admisión y los locales con extracción.
El caudal necesario de ventilación será el valor mayor del obtenido en el cálculo para la admisión (punto 4.1.) o para la extracción (punto 4.2.)
Se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
• El número de ocupantes será de “1” por dormitorio individual y de “2” por dormitorio doble.
• El número de ocupantes en cada comedor o sala de estar será la suma de los contabilizados para todos los dormitorios.
• Las rejas de admisión se dimensionarán teniendo en cuenta el caudal total de ventilación necesario.
• Las rejas de extracción serán autorregulables para compensar la instalación.
Una vez determinado el caudal máximo, se corregirá el caudal inferior a fin de obtener los mismos caudales de entrada y de salida. (Corrección de caudales y selección de entrada de aire y bocas de extracción en punto 4.3.)
4. DESARROLLO DEL CÁLCULO
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5. INSTALACIÓN PROPUESTA
Se recomienda la canalización de las extracciones mediante conductos verticales, según se indica en la siguiente tabla:
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En el caso de conducir las extracciones
mediante una disposición de conductos diferentes, el dimensionado de los
conductos deberá permitir que se mantenga una velocidad máxima de 4
m/s en cada conducto. Para ello puede ser de interés la siguiente
tabla:
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El conducto que recoja el caudal de extracción total de cada vivienda, deberá tener el diámetro (d) indicado en la siguiente tabla:
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5.1 Croquis de la instalación propuesta
En él se muestra la disposición de conductos para realizar la evacuación a través de las zonas húmedas, de manera que los caudales sean recogidos en cada uno de los shunts especificados (Shunt E – Shunt D)
5.1.1 Croquis Planta Baja
(Ver Croquis 5.1)
5.1.2 Croquis Plantas Primera, Segunda y Tercera
(Ver Croquis 5.2)
6. APARATOS RECOMENDADOS
6.1. Caja de ventilación centrífuga
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